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SATE-STEs informa: modificación del pagador a los beneficiarios de CLASES PASIVAS
De momento, y con este Real Decreto, no se establece ningún cambio en el sistema. El Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, establece una modificación en la administración gestora y pagadora de las prestaciones de CLASES PASIVAS.
Cuando se constituyó el actual Gobierno, se modificó la distribución de algunas competencias entre los distintos departamentos ministeriales. Ya entonces se anunció que el Régimen de Clases Pasivas, de competencia hasta entonces del Ministerio responsable de las Administraciones Públicas (en cualquiera de sus sucesivas denominaciones), pasaría a ser de competencia del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a fin de tener en el mismo departamento los sistemas de pensiones públicas.
Lo que recoge el BOE, de 22 de abril es que el Régimen de Clases Pasivas es competencia del nuevo ministerio. Y que las publicaciones que se refieran o tengan relación con dicho régimen deben hacer referencia a los organismos de dicho ministerio y no al anterior del que dependían. Y que su presupuesto será gestionado por el mismo.
SATE-STEs considera que cualquier cambio no solo debería ser negociado en el ámbito del Pacto de Toledo, sino con todos los representantes sindicales del funcionariado agrupados en sus respectivas mutualidades: MUFACE, ISFAS y MUGEJU.
Expertos en materia de Derecho de Trabajo coinciden en que no se justifica la urgencia de la medida, si bien entienden que el decreto únicamente contempla la reorganización de la gestión de estas pensiones, «pero no una modificación sustancial del régimen», aunque pudiera ser un paso más tras el dado en 2011 que supone la extinción del sistema de clases pasivas al ser adscrito desde entonces todos los nuevos funcionarios al régimen general.
Desde SATE-STEs instamos a la administración a que mantengan a los representantes del colectivo afectado informados de las posibles intenciones de cambio en materia de prestaciones, y que en todo momento se garanticen los derechos adquiridos por este colectivo.